Preguntas frecuentes sobre legalización de testamentos
La legalización de testamentos es el proceso supervisado por la corte de demostrar un testamento, si existe; calificar y designar un representante personal; identificar y reunir los bienes de una persona después de su muerte; pagar todas las deudas del difunto, y distribuir el saldo a los legítimos herederos o beneficiarios.
Hay muchas situaciones en las que un patrimonio no requiere una legalización testamentaria formal. Estas pueden incluir patrimonios con bienes totales inferiores a $166,250, patrimonios en fideicomiso y aquellos casos en los que todo el patrimonio pasa a un cónyuge sobreviviente. Sin embargo, incluso cuando no se requiere la legalización testamentaria formal, a menudo es necesario algún tipo de proceso legal. Esto es especialmente cierto cuando un patrimonio posee una participación en bienes inmuebles. Se recomienda un asesor legal si tiene preguntas sobre asuntos patrimoniales.
Si los bienes de la persona fallecida valen menos de $166,250 y usted tiene el derecho legal de heredar de la persona fallecida, es posible que no sea necesario pasar por un proceso testamentario formal para obtener los bienes.
Para transferir bienes personales, puede usar una Declaración jurada para tomar posesión de bienes personales según el Código Testamentario, sección 13100-13116. Este formulario se puede descargar del sitio web de la corte.
Para transferir bienes inmuebles (como una casa), es posible que pueda usar un formulario, un procedimiento sumario o se requiera un procedimiento más formal. Se recomienda consultar a un abogado para obtener asesoramiento legal específico con respecto a las transferencias de bienes inmuebles.
Si los bienes de la persona fallecida valen más de $166,250, puede ser necesario iniciar un proceso formal de legalización testamentaria.
Los formularios pueden descargarse del sitio web de la corte o comprarse en un paquete en la ventanilla de legalización de testamentos en la oficina del secretario.
Se recomienda que consulte a un abogado para obtener asesoramiento legal con respecto a la necesidad de presentar una petición para una legalización testamentaria formal.
La legalización testamentaria tiene que presentarse en el condado donde el difunto residía o poseía bienes inmuebles. Si el difunto vivía o poseía bienes inmuebles en el condado de Stanislaus, entonces la legalización testamentaria se puede solicitar aquí.
Es posible que pueda usar un proceso sumario como una Petición de propiedad conyugal.
Los formularios pueden descargarse del sitio web de la corte o comprarse en un paquete en la ventanilla de legalización de testamentos en la oficina del secretario.
Se recomienda que consulte a un abogado para obtener asesoramiento legal con respecto a sus derechos como cónyuge.
Como se establece en el Código Testamentario, sección 8200, el custodio del testamento original tiene 30 días a partir de la fecha en la que se entera de la muerte de la persona para entregar el testamento original a la oficina del secretario. Hay una cuota de $50 por entregar un testamento original a menos que acompañe una petición de legalización testamentaria. Si se presenta un testamento junto con una petición de legalización testamentaria, no hay cuota.
El testamento original tiene que entregarse al secretario del condado en el que la persona fallecida vivía o poseía bienes inmuebles en el momento de la muerte.
El custodio también tiene que enviar una copia del testamento a la persona nombrada en el testamento para que actúe como albacea. El incumplimiento del Código Testamentario, sección 8200 podría someter al custodio a un proceso legal.
Si no se encuentra ningún testamento y se requiere un proceso de la corte, la corte puede designar un representante personal para administrar el patrimonio. La persona que solicita la designación a la corte puede ser un cónyuge, pareja de hecho, pariente cercano, amigo o acreedor de la persona fallecida. El Código Testamentario establece el orden de prelación de quién puede fungir como representante personal.
Se recomienda que se consulte a un abogado con respecto a quién puede fungir como representante personal.
- El secretario de Legalización de Testamentos fija una fecha de audiencia.
- El solicitante tiene que dar notificación de la audiencia a todas las partes interesadas en el patrimonio de la persona fallecida. El Código Testamentario, sección 48 define quién es una parte interesada. El comprobante de envío por correo del aviso de audiencia tiene que ser completado por una persona mayor de 18 años que no sea parte del proceso. Se tiene que presentar un comprobante de envío por correo en la corte antes de la audiencia.
- Se requiere la publicación en un periódico de circulación general en el condado donde la persona fallecida vivía o poseía bienes inmuebles. Se tiene que presentar un comprobante de publicación en la corte antes de la audiencia.
- El examinador testamentario tiene que revisar el expediente de la corte antes de la audiencia. Las notas del examinador se publican en el sitio web de la corte. El solicitante tiene la oportunidad de presentar documentos adicionales según sea necesario para corregir las deficiencias indicadas.
En el momento de la audiencia, el juez llamará el caso, considerará cualquier comentario hecho en audiencia pública por un abogado o un solicitante que se represente a sí mismo, considerará la recomendación del examinador testamentario y puede conceder o denegar una petición. En algunos casos, es necesario un aplazamiento para dar tiempo para corregir las deficiencias.
La corte no puede hacer recomendaciones con respecto a abogados testamentarios. Podemos remitirle al Servicio de Referencia del Colegio de Abogados del condado de Stanislaus al (209) 571-5727, quienes pueden ayudarle a obtener un abogado testamentario.
Si el asunto es retirado del calendario judicial, puede solicitar que se vuelva a colocar la petición. Será necesario volver a dar aviso, incluida la nueva publicación si corresponde.
No hay ninguna lista. Sin embargo, la publicación de las próximas peticiones se puede encontrar en el boletín de anuncios afuera de la entrada de I Street al sótano de la corte.
La corte no proporciona dicha lista.
De acuerdo con el Código Testamentario, sección 9100, un acreedor debe presentar un reclamo a más tardar cuatro meses después de la fecha en la que se envían las primeras cartas a un representante personal general. No hay ninguna cuota para presentar un reclamo de acreedor.
En el condado de Stanislaus, los casos testamentarios se presentan en la oficina del secretario ubicada en: Corte de City Towers; 801 10th Street, 4.º piso, Modesto, CA 95354. Esta es la misma ubicación de la sala de audiencias donde se llevan a cabo las audiencias testamentarias.
- To see the list of newspapers where probate notices may be published, see the webpage here.
- On occasion, some intestate proceedings are being published with reference to a request to “admit decedent’s wills and codicils, if any.” The Court interprets the phrase “if any” as applying to the word “codicils”, as the next published sentence is “The will and any codicils are available for examination in the file kept by the Court”. Not only is the quoted language inconsistent, it is false, as there are no wills or codicils available for review in these proceedings. One may reasonably rely on the misrepresentation and take no action believing a will has been or will be provided to the Court. The Court cannot find this misleading notice to be harmless error. As such, in these instances, the Court will order a republication with corrected language. The republication fee is not reimbursable.
- Hay libros disponibles sobre este tema en la biblioteca pública. La Biblioteca del condado está ubicada en 1500 I Street, Modesto, CA.
- La Biblioteca Legal del condado de Stanislaus está ubicada en 1101 13th Street, Modesto, CA.
- Se puede acceder a información adicional a través del Centro de ayuda en línea de las Cortes de California en: http://www.sucorte.ca.gov/1082.htm
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