Preguntas frecuentes sobre Tránsito
Preguntas frecuentes
En su "aviso de comparecencia" (su multa o citación) encontrará lo siguiente:
- El nombre y el domicilio de la corte que decidirá su caso
- El plazo para pagar la multa o para presentarse en la corte para tomar medidas sobre su caso
- Qué tiene que hacer para responder a la multa
Recibirá de la corte un recordatorio de la corte de tránsito que le dará información sobre sus opciones y dónde puede obtener más información sobre sus opciones para solucionar su caso. Su recordatorio le indicará el monto de la multa e indicará si su caso es elegible para la escuela de tránsito y si su caso es o no un caso de "comparecencia obligatoria".
A menos que su caso requiera una comparecencia obligatoria, puede conectarse en línea, buscar su caso por el número de citación, el número de caso o su nombre, y pagar su multa sin ir a la corte si así es como decide proceder. El sitio web de nuestra corte contiene información sobre sus opciones y lo que puede hacer para pagar, sus opciones de pago, elegibilidad para la escuela de tránsito, plazos, opciones de prórroga y opciones para disputar la citación.
Si es menor de edad (tenía menos de 18 años cuando recibió su citación), uno de sus padres o su tutor legal tiene que comparecer en persona con usted.
Puede buscar su número de caso, el monto de su multa y pagar su multa en línea aquí:
Si recibió una multa por una infracción (como pasarse una señal de alto), es posible que pueda resolver su caso sin comparecer en la corte para una audiencia. Si está planeando pagar su multa, puede hacerlo en línea, por correo o en el buzón ubicado en nuestra corte de 2260 Floyd Avenue, Modesto, CA 95355.
Hay algunas infracciones que requerirán una "comparecencia obligatoria" en la corte. Su recordatorio de la corte de tránsito especificará si su comparecencia en la corte es obligatoria, ya que mostrará "comparecencia obligatoria" en el aviso. Si su recordatorio indica "comparecencia obligatoria", tiene que comparecer en la corte en persona; sin embargo, puede ponerse en contacto con la oficina del secretario para ver si se puede exentar la comparecencia obligatoria, según su infracción y cómo planea proceder.
Es posible que pueda resolver su caso sin comparecer en la corte. Puede:
- Pagar una multa en su totalidad
Una vez que la corte haya recibido su citación del agente, puede pagar la multa en línea. También puede solicitar la escuela de tránsito, siempre que la infracción cumpla los requisitos y usted sea elegible. El recordatorio de la corte de tránsito se envía en cada citación. Indica el monto de su fianza (multa) y la fecha de comparecencia. También puede enviar pagos por correo o dejar pagos en el buzón ubicado en la corte de tránsito de 2260 Floyd Avenue, Modesto, CA 95355. - Solicitar un juicio por declaración escrita – (no se requiere comparecencia) En este tipo de juicio, el juez toma una decisión después de revisar los documentos escritos presentados por usted y los presentados por el agente. Se requiere depositar la fianza por adelantado, cuando se presenta su documentación y se programa su audiencia. Si gana su caso, se le devolverá la multa.
- Descargue y complete sus formularios lo antes posible. Se puede acceder al formulario a través de este enlace: https://www.stanct.org/common-forms-packets.
- Envíe sus formularios llenados para su presentación a la oficina del secretario de Tránsito en 2260 Floyd Avenue, Modesto, CA 95355, ya sea por correo o buzón.
- Recuerde enviar un cheque o giro postal por el monto total de la fianza adeudada.
- Solicitar una reducción de la multa sin comparecencia en la corte – un formulario rápido de una página.
Es posible que pueda participar en un programa para una reducción significativa de multas sin una comparecencia en la corte o presentar un comprobante de corrección y solicitar la escuela de tránsito. No es necesario comparecer personalmente para aprovechar esta opción. Para ser elegible para este programa, su caso tiene que estar en tiempo - no en un estado de falta de comparecencia o de retención de licencia.
Los jóvenes son elegibles para este programa con la aprobación de un padre o tutor legal. El formulario de consentimiento se puede encontrar en la tercera página del paquete de Solicitud de reducción de multa y Orden.Para participar:
- Descargue y llene la solicitud de reducción de multa tan pronto como sea posible antes de su audiencia. Se puede acceder al formulario a través de este enlace: https://www.stanct.org/common-forms-packets.
- Envíe su formulario para su presentación a la oficina del secretario de Tránsito de 2260 Floyd Avenue, Modesto, CA 95355, ya sea por correo o buzón.
- Asegúrese de incluir cualquier documentación que compruebe la corrección. El comprobante generalmente se presenta enviando una copia de la citación con el visto bueno del agente en el reverso o una copia de un registro, etc. Se tiene que incluir los documentos para que la corte reduzca su infracción a $25.00.
- Recibirá una copia presentada por correo con el monto final de la fianza adeudada y la fecha de vencimiento de su pago o la fecha de vencimiento de la finalización de la escuela de tránsito.
Si es menor de edad (tenía menos de 18 años cuando recibió su citación), uno de sus padres (o su tutor legal) tiene que comparecer en persona con usted. Si comparece sin un padre o tutor legal (con documentos de tutela), no podrá ir a la corte. Un padre o tutor legal tiene que acompañar a un menor.
Si no puede comparecer en la corte, es muy importante que contacte a la oficina del secretario de la División de Tránsito antes de su fecha indicada como “Comparecer antes del” de la corte o la fecha de comparecencia que se indicaba en la multa que se le entregó o que estaba indicada en el recordatorio de tránsito que la corte le envió.
Usted puede ser elegible por una sola vez para una prórroga de 30 días, siempre que sea anterior a la fecha indicada como "Comparecer antes del" de su citación o su recordatorio. Si su caso está en tiempo y no se encuentra en estado de falta de comparecencia (FTA, por sus siglas en inglés), se puede solicitar una prórroga en línea a través del sitio web de la corte en https://stanportal.stanct.org/. Si no está seguro de su estado o si lo prefiere, también puede recibir una prórroga contactando a la oficina del secretario de la corte por correo electrónico a traffic.requests@stanct.org o por teléfono al (209) 530-3100, opción 1 o en persona en la oficina del secretario de la corte de tránsito ubicada en 2260 Floyd Avenue, Modesto, CA 95355.
La multa (citación) que el agente emitió y el recordatorio de la corte de tránsito que envía la corte son dos documentos diferentes. Mientras el agente le dio una multa, la corte le enviará un recordatorio al domicilio que le dio al agente cuando se emitió la multa. Si se mudó después de recibir la multa, de todos modos tiene que asegurarse de comunicarse con la corte antes de la fecha indicada como "Comparecer antes del" de su citación para tomar medidas.
Su fecha indicada como "Comparecer antes del" es la fecha en la que tiene que comparecer en la corte para tomar medidas, tal como está escrito en su multa. Tiene que hacer una cita para comparecer en la corte o pagar la fianza, o tomar medidas alternativas en la corte antes de su fecha indicada como "Comparecer antes del" de la corte. Se tiene que programar una cita si desea comparecer en la sala de audiencias para una audiencia de lectura de cargos.
Si no comparece en la corte ni programa una cita para el pago de una audiencia de lectura de cargos o toma otras acciones para resolver su caso antes de la fecha indicada como "Comparecer antes del", su caso pasará al estado de falta de comparecencia.
Si desea ir a la corte, tiene que programar una cita para su audiencia de lectura de cargos al menos tres (3) días judiciales antes de la audiencia. Las citas se pueden programar en línea por adelantado para que cuando llegue a la corte de tránsito, pueda asistir a su audiencia.
Si comparece en persona sin programar una cita, no podrá ir a una audiencia. La oficina del secretario puede ayudarlo a programar una audiencia para al menos 3 días en el futuro o tomar sus pagos, darle opciones que puede usar para resolver su caso sin comparecer en la corte o proporcionarle la documentación para solicitar una reducción de la multa o para solicitar otras órdenes, o para iniciar un plan de pagos. El secretario también puede proporcionarle documentación si desea disputar su caso a través de un juicio ante un juez o un juicio por declaración escrita.
Si decide ir a la corte, tiene que ver el video de lectura de cargos de tránsito para oír información sobre sus derechos.
Si decide ir a la corte, actualmente hay sesiones disponibles en los siguientes días/horas cada semana:
- Corte de tránsito para adultos(no FTA) las citas están disponibles:
Lunes y martes a las 8:15, 9:15, 10:30 y 11:15 a.m.; 1:30, 2:15 y 3:30 p.m.
Jueves a las 10:00 y 10:45 a.m.
2.Corte FTA para adultos (falta de comparecencia)las citas están disponibles:
Miércoles a las 8:15, 9:15, 10:30 y 11:15 a.m.; 1:30 p.m.
3.Corte de tránsito de menores las citas están disponibles:
Miércoles a las 2:15 y 3:30 p.m.
Tenga en cuenta: Los menores tienen que comparecer con un padre o tutor legal a menos que el joven cumpla 18 años antes de la cita en la corte.
De conformidad con la Regla de la corte de California 4.105 (b), usted tiene la opción de comparecer en la corte para la lectura de cargos y el juicio sin pagar fianza. Según la regla de la corte 4.105(c), tiene que depositar una fianza si elige continuar con un juicio mediante declaración por escrito sin comparecer en la corte (Código de Vehículos (VC, por sus siglas en inglés), sección 40902 o una declaración de no culpabilidad por escrito (VC 40519(a-b)), o si elige pagar la fianza y no disputar la citación ni comparecer en la corte (VC 40510 y 40521).
Las opciones de pago se indican a continuación. Use las opciones 1 a 3, si es posible, para ayudarnos a cumplir con las pautas de distanciamiento social.
- En línea con Visa, MasterCard, ATM o cheque electrónico, las 24 horas del día; el enlace de pago en línea se encuentra en el sitio web de nuestra corte en: https://stanportal.stanct.org/.
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Por correo, con pago enviado a 2260 Floyd Avenue, Modesto, CA 95355. Los cheques deben hacerse a nombre de la Corte Superior.
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Por buzón en 2260 Floyd Avenue, Modesto, CA 95355. El pago puede ser depositado las 24 horas del día. No deposite dinero en efectivo en el buzón. Los pagos depositados después de las 4:00 p. m. serán acreditados el siguiente día hábil.
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En persona en 2260 Floyd Avenue, Modesto, CA 95355 de lunes a viernes.
Envíe sus pagos al menos dos días hábiles antes de su fecha en la corte o fecha de vencimiento si es posible, para ayudarnos con actualizaciones económicas oportunas a su caso. Tenga en cuenta las siguientes pautas para los pagos:
- No envíe dinero en efectivo por correo ni lo deposite en el buzón.
- Los menores tienen que incluir un permiso para pagar firmado por un padre o tutor legal, y una copia de la licencia de manejar del padre o tutor legal. El formulario se encuentra en el sitio web de la corte.
- Escriba su número de citación o número de caso en la esquina izquierda de su cheque para que su pago pueda aplicarse correctamente a su caso (este número se ubicará en la esquina superior derecha de su multa). Si no conoce su número de caso, indique su nombre y número de licencia de manejar.
- Si va a pagar varios casos en planes de pagos con el mismo cheque o giro postal, asegúrese de incluir una nota para especificar cuánto le gustaría aplicar a cada caso. Esto garantizará que los pagos se apliquen en los montos adecuados antes de las fechas de vencimiento correspondientes.
- Si desea asistir a la escuela de tránsito, tiene que inscribirse en línea o comunicarse con la oficina del secretario de la corte de tránsito, ya sea en persona o por correo/buzón. Después de que la oficina del secretario lo remita a la escuela de tránsito, usted tiene que registrarse directamente con un proveedor de escuela de tránsito. Enlaces de proveedores de escuela de tránsito y otra información requerida, como fechas de vencimiento, se indican en la sección Escuela de tránsito de este sitio web. Para determinar si es elegible para la escuela de tránsito, puede leer la sección Escuela de tránsito de este sitio web, y si tiene alguna pregunta adicional, usted también puede contactar a la oficina del secretario de la División de Tránsito de la corte para obtener ayuda.
- Si envía el pago de la escuela de tránsito por correo o por el buzón de la corte, asegúrese de incluir una solicitud por escrito para la escuela de tránsito e incluya el monto del pago correspondiente - su fianza más $52.00 para la cuota obligatoria de la escuela de tránsito.
Sí, si pagó una fianza antes de un juicio por declaración escrita o un juicio ante un juez, y es declarado no culpable, la corte devolverá la fianza a la persona/parte que pagó la fianza. Tenga en cuenta que puede tardar de seis a ocho semanas después de la audiencia para que se procese el reembolso.
Puede ir a la corte de tránsito sin un abogado si así lo decide. Si desea un abogado para una infracción de tránsito (como exceso de velocidad o pasarse un alto), puede contratar uno. La corte no le proporcionará uno y la corte no puede aconsejarle sobre lo que debe o no debe hacer. La corte solo puede proporcionarle las opciones disponibles para usted. Puede encontrar información adicional que le ayude con sus decisiones en el enlace de Ayuda de Tránsito al sitio web del Consejo Judicial de California: http://www.sucorte.ca.gov/ayuda-tránsito.htm
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Cuando paga su citación sin asistir a la escuela de tránsito, se cuenta como una condena que puede dar como resultado que se apliquen puntos a su registro del DMV, dependiendo de la infracción por la que recibió la citación. La escuela para infractores de tránsito no es una opción si no se le acusó de una infracción en movimiento, como exceso de velocidad, lo que puede dar como resultado un "punto" en su licencia de manejar si es condenado. Otras infracciones pueden valer más de un "punto", que pueden no ser elegibles.
Asistir a la escuela de tránsito mantendrá el punto fuera de su expediente si usted es elegible para la escuela de tránsito. Los menores que solicitan la escuela de tránsito tienen que comparecer en la corte con un padre/tutor legal para presentar su solicitud.
Puede ser elegible para inscribirse si no ha asistido en los últimos 18 meses y el periodo de 18 meses se calcula de la fecha de una infracción a la fecha de la otra. Lea su recordatorio de la corte de tránsito para ver si es elegible. Si es elegible y desea asistir a la escuela de tránsito, hay una cuota de $52.00 no reembolsable por la escuela para infractores de tránsito que es obligatorio pagar a la corte, así como el monto de su fianza/multa cuando solicita la escuela de tránsito.
Tenga en cuenta: Puede pagar su multa e inscribirse en la escuela para infractores de tránsito ya sea en línea, en persona o por correo. Si envía el pago de la escuela de tránsito por correo o por el buzón de la corte, asegúrese de incluir una solicitud por escrito para la escuela de tránsito e incluya el monto del pago correspondiente con su solicitud.
IMPORTANTE:Solo los números de caso que comienzan con las letras "TR-" son elegibles para inscribirse en la escuela de tránsito en línea.Si su caso no comienza con un "TR", tiene que registrarse por correo, en persona o mediante una solicitud en el buzón con pago incluido.
Si elige asistir a la escuela para infractores de tránsito, tendrá 90 días para inscribirse en una clase con un proveedor de escuela para infractores de tránsito y también para completar su clase.No recibirá un aviso adicional de la corte una vez que elija asistir a la escuela para infractores de tránsito, siempre y cuando complete su clase y haga su pago a la corte. Asegúrese de dar a la escuela de tránsito su número de caso o número de citación (letras y números incluidos) para que se pueda reportar correctamente su finalización.
Usted será responsable de inscribirse en la clase directamente con una de las escuelas proveedoras indicadas en la lista de proveedores de escuelas de tránsito del Departamento de Vehículos Motorizados en http://www.dmv.ca.gov/olinq2/welcome.do. Una vez que encuentre un proveedor de escuela de tránsito, tendrá que pagar una tarifa a la escuela por el curso y reportar la conclusión al DMV.
La escuela enviará al DMV un aviso electrónico de la finalización de su clase. Tenga en cuenta que la corte tarda entre 5 y 7 días en recibir su certificación de finalización de la escuela de tránsito debido a la forma en la que se reporta directamente al DMV. Es su responsabilidad completar el curso con suficiente anticipación para que la corte reciba el certificado antes de la fecha de vencimiento; aproximadamente 7 días calendario antes de su fecha de vencimiento es suficiente. Si no lo ha completado, es importante que se comunique con la corte antes de su fecha de vencimiento, ya que podría ser elegible para una prórroga única.
Para obtener más información sobre la inscripción en la escuela de tránsito, consulte la página "Inscríbase en la escuela de tránsito". También puede escribir al secretario de la corte de la escuela de tránsito directamente para obtener más información a traffic.requests@stanct.org.
Su fianza tiene que pagarse para que se le permita tomar la escuela de tránsito; sin embargo, es posible que pueda disponer de una solicitud de reducción de la multa para ayudarle a reducir dicho monto. El formulario puede permitir una reducción así como la aprobación de la escuela de tránsito. De todos modos tiene que pagar la cuota estatal no reembolsable de $52 por la escuela de tránsito requerida para la administración de la finalización de la escuela de tránsito. Se puede acceder a la solicitud de reducción a través de este enlace: https://www.stanct.org/common-forms-packets .
A menos que reciba una reducción, tiene que pagar su fianza completa además de una cuota no reembolsable de $ 52.00 para la administración de la escuela de tránsito. También se le pedirá que pague el curso a la escuela directamente.
El beneficio de asistir a la escuela de tránsito es que el punto no se agregará a su registro del DMV, siempre y cuando sea elegible para asistir a la escuela de tránsito. El DMV lo considerará una condena "confidencial" y la condena no contará en su contra como un punto en su registro, siempre que el DMV lo haya estimado elegible y haya recibido la certificación de su curso de escuela de tránsito finalizado. El DMV calcula esta información para acceder a la información de conductores negligentes.
Si recibiera un punto en su expediente de manejo, también podría ver un aumento en las tarifas de su seguro. Si obtiene puntos en su registro, su compañía de seguros puede pedirle que pague más por el seguro debido a esto. También le puede cancelar su póliza, por lo que la opción de la escuela de tránsito puede ser de gran valor para usted.
La finalización exitosa de la escuela de tránsito antes de la fecha de vencimiento evita que las compañías de seguros vean esta información, siempre que usted sea elegible para la escuela de tránsito y la complete a tiempo dentro de su periodo de 90 días.
Nada de la cuota de $52.00 va directamente a las escuelas. Esta apoya el proceso que le permite asistir a la escuela de tránsito. La cuota de $52.00 es una cuota estatal exigida al solicitar la escuela de tránsito que cubre la administración del programa de la escuela de tránsito. La cuota se destina a supervisar el plan de estudios, crear listas de escuelas y mantener la base de datos de escuelas de tránsito del DMV.
Las escuelas entre las que puede elegir son empresas independientes de propiedad privada que han sido certificadas por el estado para que usted asista. Usted tiene que pagarles directamente por los servicios que le proporcionen.
Cada acusado tiene derecho a actuar en su propio nombre. Sin embargo, si desean que otra persona los represente, tienen que contratar a un abogado con licencia para ejercer la abogacía. Nadie más que un abogado con licencia puede representar a una parte en una lectura de cargos.
Para asuntos de menores, un padre o tutor legal tiene que acompañar al menor, a menos que el menor haya cumplido 18 años de edad en la fecha fijada para la comparecencia en la corte.
No podemos hablar en nombre del juez/comisionado de la corte ni predeterminar el resultado de una audiencia. Usted escuchará información en la lectura de cargos que le permitirá decidir si desea declararse culpable o no culpable, o solicitar un juicio ante un juez o un juicio por declaración. Además, puede ver el video de lectura de cargos en el sitio web de nuestra corte que le brindará información adicional sobre las opciones que tiene disponibles, incluidas las opciones de planes de pago. Hay otras opciones disponibles para ayudarle a reducir su multa.
Asegúrese de incluir cualquier documentación que compruebe la corrección. El comprobante generalmente se presenta enviando una copia de la citación con el visto bueno del agente en el reverso o una copia de un registro, etc. Se tiene que incluir los documentos para que la corte reduzca su infracción a $25.00.
Si no va a la corte o paga su multa, el juez también puede acusarlo de falta de comparecencia. Si eso pasa, la corte puede agregar una cuota adicional (llamada tasa civil) de hasta $100.00 y una cuota adicional de $10.00 para un total de $110 que se adeudará además del monto de su fianza original. Si no va a la corte y no comparece, su licencia también puede ser retenida en el DMV.
Si ya compareció en la corte y se le ordenó pagar una multa y no la pagó, se puede agregar una tasa civil adicional de $100.00. Para obtener más información, puede solicitar un paquete de Solicitud de orden para pedirle a la corte que considere su situación financiera. Consulte el siguiente enlace para obtener más información.
Si no puede pagar su multa en este momento, todavía tiene la opción de ir a la corte en la fecha de la audiencia o antes, ya que no tiene que pagar una fianza para comparecer ante la corte. Puede haber otras opciones disponibles para usted, siempre que se comunique con la corte en la fecha de su audiencia o antes. Si desea disputar su multa, tiene que comparecer a tiempo (a más tardar en la fecha de su audiencia) para solicitar un juicio, sin costo alguno para usted. No hay ninguna cuota para solicitar un juicio.
Si no puede pagar su fianza, también hay un paquete de Solicitud de orden disponible en la página de formularios de Tránsito para pedirle a la corte que considere su capacidad de pago. Se puede presentar en la corte el paquete de Solicitud de orden para solicitar reducciones basadas en su situación específica. Se le pedirá que presente documentación de su situación económica. Para más información, puede leer todo sobre esto en el paquete de formularios. Las instrucciones muestran información paso a paso sobre los formularios y el proceso, así como sus derechos y opciones disponibles.
Si necesita más tiempo antes de su audiencia, puede recibir una prórroga única de 30 días si aún no la ha recibido, siempre que la solicite a más tardar en la fecha de su audiencia.
Hay muchas maneras de manejar este tipo de multa.
Una forma es ir a la oficina local del DMV. Pídale ayuda a un secretario del DMV. Después de corregir el problema renovando su licencia o renovando el registro de su carro, el DMV firmará la parte de "Certificado de corrección" de su multa. Usted tiene que llevar o enviar por correo la multa con el visto bueno o el comprobante de corrección a la corte e incluir la cuota de su comprobante de corrección/cuota(s) administrativa(s) y entregarlos a la corte antes de la fecha de su audiencia. Comuníquese con la corte si no está seguro de su(s) cuota(s). Puede hacerlo en persona, por teléfono o por correo electrónico a traffic.requests@stanct.org.
Recordatorio: Tiene que hacer esto ANTES de la FECHA DE VENCIMIENTO o la indicada como "Comparecer antes del" de su multa (fecha para comparecer). También puede mostrar a la corte su registro o licencia de manejar y pagar la cuota de desestimación. Entonces, la corte desestimará su caso y no se incluirá en su registro.
El formulario del Consejo Judicial CR-141 tiene instrucciones sobre cómo apelar infracciones y los formularios CR-142 y CR-143 se usan para presentar un Aviso de apelación. **Hay un nuevo formulario de Prueba de entrega, APP-109 que tiene que presentarse en el momento de presentar su apelación**. Las apelaciones se tienen que presentar a más tardar 30 días después de la fecha del juicio.
Si fue declarado culpable después de un juicio mediante declaración escrita, puede presentar una solicitud para un nuevo juicio. Para hacerlo tiene que usar el formulario TR-220 Solicitud de nuevo juicio (juicio de novo). Es necesario presentar su Solicitud de nuevo juicio o juicio de novo a más tardar 20 días a partir de la fecha del envío por correo indicada en la "Decisión sobre juicio por declaración".
Puede obtener los formularios anteriores en la oficina del secretario de Tránsito. Estos formularios se presentan en la oficina del secretario de Tránsito donde se tomó la decisión sobre su caso.
No puede pagar su fianza en línea, ya que se registrará como una confiscación de fianza, que cierra su caso y puede aparecer en su historial de manejo. Para evitar eso, tiene que pagar con cheque o giro postal directamente a la corte por correo o en persona. No está obligado a pagar la fianza antes de un juicio ante un juez, pero si está solicitando un juicio mediante solicitud escrita, tiene que pagar su fianza y presentar sus documentos antes de la fecha programada. Su fianza será depositada en una cuenta de fideicomiso pendiente del resultado de la decisión de la corte. Una vez decidido, si gana su caso, se le reembolsará su fianza dentro de las 6 a 8 semanas posteriores a la decisión.
Puede solicitar un juicio por declaración escrita usando una de dos opciones. Tenga en cuenta la exclusión: si la citación se debió a un accidente o una citación por cámara, no se le proporcionará la opción de solicitar un juicio mediante declaración escrita. Tendrá que solicitar un juicio ante un juez y comparecer en esa instancia.
Los formularios de juicio por declaración escrita están disponibles en la oficina del secretario de la División de Tránsito previa solicitud. También puede descargar e imprimir el "Paquete de juicio por declaración escrita".
Se le darán tres formularios:
- Instrucciones para el acusado, formulario TR-200
- Solicitud de juicio por declaración escrita, formulario TR-205
- Formulario de Declaración escrita de no culpabilidad
Lea el formulario de instrucciones (TR-200) y llene la solicitud (TR-205).
En el momento de presentar el formulario TR-205, también TIENE QUE FIRMAR un formulario de "Declaración escrita de no culpabilidad" y TIENE QUE PAGAR EL TOTAL DE SU FIANZA. Su solicitud no será aceptada sin el pago completo de la fianza.
2) También puede comparecer en la corte en la oficina del secretario de la División de Tránsito, declararse "no culpable" y solicitar un juicio por declaración escrita. Después de ir a la corte tiene que llevar una copia de su acta de órdenes judiciales al mostrador de la oficina del secretario donde le darán el formulario de instrucciones TR-200 y el formulario TR-205 "Solicitud de juicio por declaración escrita". (Si se solicita sin presentarse ante el juez (en la corte), tiene que seguir las instrucciones de la sección n.º 1 antes indicadas).
El acta de órdenes judiciales será el registro de la audiencia que obtenga en la corte. Tendrá la fecha en la que la corte considerará su declaración. TIENE QUE PRESENTAR su declaración TR-205 y TIENE QUE PAGAR LA FIANZA TOTAL mostrada AL MENOS cinco (5) días ANTES DE SU FECHA PROGRAMADA.
Incluya toda la información en el formulario TR-205 que crea que ayudará al juez a tomar una decisión sobre su caso. Puede incluir adjuntos, fotos o cualquier otra documentación que le ayude a contar su versión de la situación. La corte notificará al agente que emitió la citación que tendrá que proporcionar una declaración escrita para que la corte la considere.
Una vez que se haya tomado una decisión, recibirá un Aviso de decisión sobre su juicio por declaración escrita. Si pagó una fianza y la decisión le favorece, se le reembolsará la fianza de acuerdo con la orden de la corte.
Su fianza será puesta en un fideicomiso pendiente de la decisión de la corte. Se le notificará por correo una vez que la corte haya emitido su decisión. Si gana su caso, se le reembolsará su fianza dentro de las 6 a 8 semanas posteriores a la decisión.
¿Dónde está mi recordatorio de la corte?
Cuando reciba una citación de tránsito, el agente escribirá en la corte debajo de su firma en la citación. Esta es la "fecha de la corte", "fecha de comparecencia" o "fecha de vencimiento". Esta es la última fecha en la que se tiene que resolver su citación a menos que contacte a la corte para solicitar 30 días adicionales a más tardar en su fecha de comparecencia o para programar una cita si la necesita. Tiene que comparecer o tomar medidas antes de esa fecha, independientemente de si recibe un recordatorio de la corte.
No ignore su citación. Cuando recibe la multa (citación) del agente del orden público, usted firma y está haciendo una "promesa de comparecer" legal y vinculante. Si no comparece según lo indicado, se le impondrán sanciones adicionales por su falta de comparecencia. Si no resuelve su citación a más tardar en la fecha indicada en la parte inferior de la citación, se pueden aplicar sanciones adicionales que por ley podrían incluir una tasa civil de $100,00, la emisión de una orden para su arresto, la suspensión de su licencia de manejar y tasas monetarias adicionales.
Si su citación implica una "comparecencia obligatoria", tendrá que comparecer en la corte. Si no tiene una comparecencia obligatoria o no desea comparecer, puede pagar el monto de la fianza a la corte antes de la fecha de comparecencia, o fecha de vencimiento, y no hacer nada más. La fianza se aceptará como admisión de culpabilidad y se cerrará el caso.
Si tiene una infracción para la cual se puede mostrar un comprobante de corrección, se puede reducir la multa si se presenta a la corte el comprobante de corrección. Además, hay una cuota de comprobante de corrección de $25.00 que tiene que incluirse por cada infracción que requiera comprobante de corrección.
Si su citación fue emitida en los últimos 60 días, también puede verificar la citación específica o la información del caso en línea, incluidos los montos de fianzas, los números de caso y cómo pagar el total. También puede escribir a la oficina del secretario de la División de Tránsito a traffic.requests@stanct.org para obtener información adicional. Tenga en cuenta que la agencia del orden público tiene hasta un año para presentar la citación en la corte.
Si no ve su caso en línea o si el secretario aún no tiene un caso presentado, depende de usted continuar revisando su caso para ver si ya se presentó o si tiene una fecha de comparecencia pendiente. Las agencias del orden público deben notificarle si la fecha de su comparecencia se modificó o cambió a una nueva fecha, por lo que es buena idea estar pendiente de su correo entrante. Si cambia su domicilio, la agencia y la corte enviarán sus avisos al último domicilio registrado en el momento en el que recibió su citación. Si se presenta la citación en la corte, manténgala informada sobre cambios de domicilio para que reciba usted correo importante relacionado con su caso.
El sitio web de nuestra corte contiene información fácil de seguir para inscribirse en la escuela de tránsito, ya sea en persona o por correo, y ofrecemos opciones de inscripción en línea. IMPORTANTE: Solo los números de caso que comienzan con las letras "TR-" son elegibles para inscribirse en la escuela de tránsito en línea. Si su caso no comienza con un "TR", tiene que registrarse por correo, en persona o mediante una solicitud en el buzón con pago incluido. También tenemos un correo electrónico que puede usar si tiene preguntas específicas sobre cómo inscribirse en la escuela de tránsito:traffic.requests@stanct.org. Busque los enlaces en la página de descripción general de los servicios de Tránsito de nuestra corte.
¿Por qué las multas son tan altas?
Las multas de tránsito son impuestas por el estado de California, de acuerdo con la infracción particular de la que se le acusó. Las multas consisten en un monto de fianza inicial, junto con cuotas estatales obligatorias adicionales, lo cual da como resultado un monto total de fianza adeudada. Estas multas se establecen de acuerdo con la Lista de fianzas y penas uniformes, de conformidad con la Regla de la corte de California 4.102. Para obtener más información sobre la Lista de fianzas y penas uniformes, vea el enlace del sitio web de las Cortes de California en http://www.sucorte.ca.gov/7532.htm.
¿Por qué es más alto que lo que dijo el juez en la corte?
Cuando asiste a su audiencia y el juez impone una multa, por lo general cita solo el monto de la fianza, sin las cuotas exigidas por el estado que se requieren para cada condena además de la fianza dictada. La Lista de fianzas y penas uniformes incluye información sobre estas cuotas obligatorias que es obligatorio pagar además del monto de la fianza dictada. Están incluidas en su acta de órdenes judiciales y se reflejarán en la sección de fianza total adeudada.
Puede solicitar que la corte considere su capacidad de pago para determinar si puede cumplir un programa de servicio comunitario en lugar de pagar su multa.
Si su caso no se encuentra en estado de falta de comparecencia o falta en pagar, puede solicitar una reducción a través del nuevo formulario de Solicitud de reducción de multa y orden.
Para obtener más información e instrucciones sobre las opciones antes indicadas, visite la página de formularios de la corte de tránsito.